Micelio
11001031500020250643700Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2025-10-14

Radicación interna: 10180 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Pablo Andrés Córdoba Acosta

Actor: Asociacion Mesa Agrominera Y Ecologica De San Roque Antioquia, Asociacion Nacional Agrominera Y Ecologica De Colombia Asominacol·Demandado: Agencia Nacional De Mineria, Presidencia De La Republica, Ministerio De Minas Y Energia, Ministerio Del Interior, Ministerio De Ambiente Y Desarrollo Sostenible

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veinte (20) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Referencia: Acción de tutela Parte actora: Asociación Mesa Agrominera y Ecológica de San Roque Antioquía y otro Parte accionada: Presidencia de la República y otros Expediente: 11001-03-15-000-2025-06437-00 Auto que remite acción de tutela Del análisis del escrito de tutela presentado, el Despacho advierte que el mismo se dirige contra la Presidencia de la República, la Agencia Nacional de Minería, el Departamento Nacional de Planeación, los Ministerios del Interior, de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Minas y Energía, las sociedades GRAMALOTE COLOMBIA LIMITED y ZIJIN-CONTINENTAL GOLD, motivo por el cual se remitirá a los Juzgados Administrativos del Circuito de Bogotá, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 799 de 2025.

En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria,

RESUELVE

Por Secretaría General REMITIR el expediente de la referencia a los Juzgados Administrativos del Circuito de Bogotá.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, PABLO ANDRÉS CÓRDOBA ACOSTA Consejero de Estado