Radicado: 11001-03-15-000-2023-04186-00 Demandante: Ramiro Paredes González Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, quince (15) de agosto de dos mil veintitrés (2023) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2023-04186-00 Demandante RAMIRO PAREDES GONZÁLEZ Demandado CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA Y OTRO ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone: 1.
Admitir la demanda presentada por el señor Ramiro Paredes González, quien actúa en nombre propio, contra el Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y el Consejo Seccional de la Judicatura de Huila, Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Neiva. 2. En calidad de parte demandada, notificar al Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y al Consejo Seccional de la Judicatura de Huila, Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Neiva, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 3.
En calidad de tercero, notificar al Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de La Plata Huila, autoridad que remitió los fallos condenatorios para adelantar el cobro de la multa impuesta, entregándole copia de la demanda y de los anexos. 4. Notificar el presente auto a las partes y al tercero vinculado. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario. 5.
Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO