Radicado: 27001-23-33-000-2016-00108-02 (71619) Demandante: Alejandro Figueroa Mosquera CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C 1 Magistrado ponente: JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Bogotá, D.C., ocho (08) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Radicación número: 27001-23-33-000-2016-00108-02 (71619) Actor: Alejandro Figueroa Mosquera Demandado: Nación – Rama Judicial – Medio de control: Reparación directa Tema: Admisión recurso de apelación AUTO SEGUNDA INSTANCIA El Despacho ADMITE el recurso de apelación1 interpuesto por el demandante2, en contra de la sentencia del 22 de abril de 20243, proferida por el Tribunal Administrativo del Chocó, al encontrar reunidos todos los requisitos legales establecidos en el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021.
El Ministerio Público podrá rendir concepto desde que se admite el recurso y hasta antes de que ingrese el proceso para sentencia. En consecuencia,
NOTIFÍQUESE personalmente esta decisión al Ministerio Público, y por estado a las partes, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 y en el artículo 201 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Notifíquese y cúmplase, JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado Firmado electrónicamente ASP/Expediente electrónico 1 Visible en el archivo 13ED_023_MemorialWeb_Recu(.pdf) en el índice 2 de SAMAI 2 Escrito radicado el 2 de mayo de 2024. 3 Notificada el 22 de mayo de 2024.