Micelio
25000234100020200018502Consejo de Estado · Sección QuintaAclaración voto2022-11-21

Radicación interna: 9848 · ACCIONES DE CUMPLIMIENTO

Ponente: Pedro Pablo Vanegas Gil

Actor: Luz Patricia Agudelo Patiño·Demandado: Nacion - Fiscalia General De La Nacion

Demandante: Luz Patricia Agudelo Patiño Demandado: Fiscalía General de la Nación Rad: 25000-23-41000-2020-00185-02 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Referencia: ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO Radicación: 25000-23-41-000-2020-00185-02 Demandante: LUZ PATRICIA AGDELO PATIÑO Demandado: FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN ACLARACIÓN DE VOTO Con el acostumbrado respeto que merecen las decisiones adoptadas por la mayoría de la Sala, me permito precisar que la providencia del 7 de diciembre de 2022, mediante la cual se confirmó la sanción impartida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca contra los miembros de la Comisión Especial de la Carrera de la Fiscalía General de la Nación, en esa oportunidad fue objeto de salvamento de voto por mi parte.

En relación con la solicitud de aclaración presentada por los sancionados contra el auto del 7 de diciembre de 2022, para que se indicara el alcance en que debían adelantarse y gestionar todas las actividades para establecer las bases del concurso, se advierte que los argumentos no encuadran en la figura de la aclaración prevista en el artículo 285 del Código General del Proceso, en cuanto ésta procede cuando la providencia contenga conceptos o frases que ofrezcan verdadero motivo de duda, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella.

Así, en este caso el escrito de aclaración no persigue clarificar ningún concepto o frase que genere duda en el auto del 7 de diciembre de 2022, sino cuestionar el fallo del 22 de octubre de 2020, razón por la que claramente procede negar la solicitud. Fecha ut supra CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Magistrado Demandante: Luz Patricia Agudelo Patiño Demandado: Fiscalía General de la Nación Rad: 25000-23-41000-2020-00185-02 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 “Este documento fue firmado electrónicamente.

Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081”