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11001031500020250561901Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Aclaración voto2025-11-18

Radicación interna: 11565 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Fernando Alexei Pardo Florez

Actor: Jessica Liseth Cifuentes Martinez En Representacion De Su Hija Hncc·Demandado: Tribunal Administrativo De Casanare

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejero JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Radicación: 11001-03-15-000-2025-05619-01 Accionante: Jessica Liseth Cifuentes Martínez en nombre propio y representación de su hija Helen Nahi Camargo Cifuentes Accionado: Tribunal Administrativo de Casanare Referencia: Acción de tutela (sentencia de segunda instancia) Asunto: Aclaración de Voto 1.

Aunque comparto la decisión de amparo, estimo necesario aclarar voto para precisar que en sentencia del 19 de abril de 2024 (11001-03-15-000-2024-01042-00) esta subsección declaró improcedente por falta de relevancia constitucional una tutela en la que también se pretendía dejar sin efectos la decisión de un Tribunal, a partir del mismo argumento sobre la provisionalidad en un cargo de la Registraduría Nacional del Estado Civil, que se rige por el literal c del artículo 20 de la Ley 1350 de 2009. 2.

En el caso bajo estudio se presenta un elemento que determina una decisión diferente, y es la condición de madre cabeza de familia invocada por la accionante, no sólo en la tutela, sino también en el proceso ordinario, respecto a la cual el Tribunal accionado omitió referirse y aplicar la jurisprudencia constitucional pertinente. Fecha ut supra.

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE1 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que este documento se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 1 VF