Radicación: 66001-23-33-000-2022-00028-01 (74243) Demandante: La Equidad Seguros Generales O.C. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 3506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B CONSEJERO PONENTE: DIEGO ENRIQUE FRANCO VICTORIA Bogotá D.C., veintidós (22) de junio de dos mil veintiséis (2026) Referencia: Controversias contractuales – Ley 1437 de 2011 Radicación: 66001-23-33-000-2022-00028-01 (74243) Demandante: La Equidad Seguros Generales O.C. Demandado: Departamento de Risaralda AUTO1 1.
El 13 de noviembre de 20252, el Tribunal Administrativo de Risaralda dictó sentencia de primera instancia en la cual accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda y se abstuvo de condenar en costas. 2. La sentencia fue notificada mediante correo electrónico enviado el 19 de noviembre de 20253. 3. El 3 de diciembre de 20254, la parte demandada interpuso y sustentó recurso de apelación contra la decisión de primera instancia. 4.
El 3 de diciembre de 20255, la parte demandante interpuso y sustentó recurso de apelación contra la decisión de primera instancia 5. Los recursos de apelación fueron concedidos por el Tribunal Administrativo de Risaralda mediante auto del 27 de febrero de 20266. 6. En atención a lo anterior, teniendo en cuenta que la cuantía del proceso7 excede los 500 SMLMV8 y que las alzadas fueron debidamente sustentadas el despacho,
RESUELVE
PRIMERO: ADMÍTESE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia dictada el 13 de noviembre de 2025 por el Tribunal Administrativo de Risaralda. 1 Admisorio apelación de sentencia. 2 Índice 37 Samai primera instancia. 3 Índice 40 Samai primera instancia. 4 Índice 39 Samai primera instancia. 5 Índice 42 Samai primera instancia. 6 Índice 44 Samai primera instancia. 7 Correspondiente a ochocientos sesenta y dos millones seiscientos cuatro mil trescientos veintinueve pesos ($862.604.329). 8 Equivalentes en 2022, fecha de presentación de la demanda, a quinientos millones de pesos ($500.000.000).
Radicación: 66001-23-33-000-2022-00028-01 (74243) Demandante: La Equidad Seguros Generales O.C. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 3506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co SEGUNDO: ADMÍTESE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada el 13 de noviembre de 2025 por el Tribunal Administrativo de Risaralda.
TERCERO: Por Secretaría, INFÓRMESE a los sujetos procesales el procedimiento para registrarse en la plataforma Samai con el objeto de garantizar su acceso al momento de un eventual traslado para alegar de conclusión.
CUARTO: La presente providencia será notificada mediante estado electrónico de acuerdo con el artículo 201 del CPACA, modificado por el artículo 50 de la Ley 2080 de 2021. Se ADVIERTE a los sujetos procesales que deberán INDICAR cualquier modificación en los canales de comunicación a la dirección ces3secr@consejodeestado.gov.co.
QUINTO
NOTIFÍQUESE personalmente esta providencia al Ministerio Público conforme a lo dispuesto en los artículos 197 y 199 del CPACA.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) DIEGO ENRIQUE FRANCO VICTORIA Magistrado La validez e integridad pueden comprobarse acudiendo a la siguiente dirección electrónica: https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador