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11001031500020230075100Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2023-02-13

Radicación interna: 1117 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Blanca Cecilia Mendoza·Demandado: Tribunal Administrativo De Boyaca

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., quince (15) de febrero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-00751-00 Accionante: Blanca Cecilia Mendoza Accionado: Tribunal Administrativo de Boyacá Tema: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Admisión de la tutela / Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.

AUTO Blanca Cecilia Mendoza interpone -en nombre propio- acción de tutela contra el Tribunal Administrativo de Boyacá, para obtener la protección de sus derechos fundamentales a la seguridad social, dignidad humana, acceso a la administración de justicia, debido proceso y mínimo vital, pues la autoridad judicial accionada no ha proferido sentencia de segunda instancia en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado No. 15001333300320190014502.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: Primero. Admitir la acción de tutela presentada por Blanca Cecilia Mendoza contra el Tribunal Administrativo de Boyacá. Segundo. Notificar la presente providencia al Tribunal Administrativo de Boyacá, para que dentro del término de dos (2) días contados a partir de la notificación, se pronuncie sobre las pretensiones y hechos de la acción de tutela.

Tercero. Las anteriores notificaciones se realizarán vía correo electrónico y los anexos se incluirán como archivo adjunto del mismo modo. Los pronunciamientos de los notificados deberán remitirse por correo electrónico a la dirección indicada por la Secretaría General en el momento de la notificación. Cuarto. Una vez recibida la información solicitada y cumplido el plazo para que las partes presenten sus informes, la Secretaría General remitirá al despacho vía correo electrónico, las respuestas y documentos que se alleguen.

Quinto. Publíquese la presente providencia en la página web de la Corporación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado