Expediente: 11001-03-15-000-2023-04954-00 Demandante: Juana Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá D.C., 3 de noviembre de 2023 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-04954-00 Demandante: Juana1 Demandado: Tribunal Administrativo del Valle del Cauca Asunto: auto niega desistimiento Mediante memorial del 27 de octubre de 2023, Juana manifestó que desistía de la acción de tutela de la referencia, toda vez que el Juez de Familia de Sevilla hizo entrega personal de las copias que fueron solicitadas.
Debe decirse que el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 faculta al interesado para «desistir de la tutela». Mediante auto 238 de 2015, la Corte Constitucional estableció que la manifestación de desistimiento «resulta viable si se presenta antes de que exista una sentencia respecto a la controversia». En el caso concreto, el Despacho encuentra que el desistimiento no es oportuno, pues, mediante sentencia del 11 de octubre de 2023, fue decidida la primera instancia del proceso de tutela de la referencia.
RESUELVE
1. Denegar el desistimiento formulado por Juana, por las razones expuestas. 2. Ejecutoriada esta providencia, por Secretaría, dar cumplimiento al numeral sexto de la sentencia del 11 de octubre de 2023. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) Wilson Ramos Girón 1 El nombre de la demandante fue modificado para efecto de proteger datos sensibles.