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41001233100020100052301Consejo de Estado · Sección PrimeraSalvamento voto2017-10-10

ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Ponente: Germán Eduardo Osorio Cifuentes

Actor: Clinica De Fracturas Y Ortopedia Ltda·Demandado: Departamento Del Huila

Radicado: 41001 23 31 000 2010 00523 01 Demandante: Clínica de Fracturas y Ortopedia Ltda. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA CONSEJERO PONENTE: GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES Salvamento de Voto Consejero de Estado: OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Bogotá D.C., catorce (14) de marzo de dos mil veinticuatro (2024) Radicación: 41001 23 31 000 2010 00523 01 Actor: Clínica de Fracturas y Ortopedia Ltda. Demandado: Departamento del Huila De manera respetuosa salvo mi voto respecto a la decisión adoptada por la mayoría de la Sala en sentencia del 15 de febrero de 2024.

Lo anterior con base en las siguientes razones: Mi discrepancia radica en que, en mi criterio, hay falsa motivación en derecho, porque de los hechos expuestos no se desprende la aplicación de las normas que invoca Acta del 27 de octubre de 2009; y falsa motivación por incongruencia entre la parte motiva y la resolutiva, porque de los supuestos fácticos de la motivación no se puede tomar la medida que se adoptó. En efecto, no se evidencia la relación entre las quejas presentadas y la decisión acusada, pues se alude a que el no reporte de la prestación del servicio de ambulancia al CRUE condujo a la muerte de una persona en un accidente de tránsito y que ello, a su vez, se tradujo en la medida de suspensión del servicio de ambulancia. Así, como quiera que la suspensión del servicio procede cuando hay violación de normas sanitarias o de seguridad, no se observa cuál fue la disposición de este carácter que fue infringida con los hechos que soportan la expedición del acto que se censura.

En estos términos dejo expuesto mi salvamento de voto. Radicado: 41001 23 31 000 2010 00523 01 Demandante: Clínica de Fracturas y Ortopedia Ltda. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Fecha ut supra. OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado CONSTANCIA: El presente salvamento parcial de voto fue firmado electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI.

En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.