Radicado: 11001-03-15-000-2022-05348-00 Demandante: Darío López Maya Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, doce (12) de octubre de dos mil veintidós (2022) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2022-05348-00 Demandante DARÍO LÓPEZ MAYA Demandado TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL VALLE DEL CAUCA Y OTRO ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone: 1.
Admitir la demanda presentada por el señor Darío López Maya, quien actúa en nombre propio, contra el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, Sala de Decisión y el Juzgado Dieciséis Administrativo Oral de Cali. 2. En calidad de parte demandada, notificar al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, Sala de Decisión y al Juzgado Dieciséis Administrativo Oral de Cali, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 3.
En calidad de tercero, notificar al Municipio de Santiago de Cali, Departamento Administrativo de Planeación Municipal, y a la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras con asignación de funciones para la delegada de curadores urbanos, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 4.
Oficiar al Juzgado Dieciséis Administrativo Oral de Cali, para que, remita en medio digital y el término de dos (2) días el expediente Nro. 76001-33-33-016- 2022-00128-00/01. 5. Notificar el presente auto a las partes y a los terceros vinculados. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario. 6.
Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO