REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, veintiocho (28) de abril de dos mil veinticinco (2025) Magistrado Ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA Expediente: 68001-23-33-000-2015-00037-02 (69.533) Demandante: YANÉLY GÓMEZ CASTRO Y OTROS Demandado: Medio de control: MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO Y OTRO REPARACIÓN DIRECTA ACLARACIÓN DE VOTO Aunque comparto la decisión de confirmar la sentencia apelada que denegó las súplicas de la demanda, por encontrarse probado el hecho de la víctima como causal exonerativa de responsabilidad, por ser esta la que corresponde en derecho, considero que no era necesario ni pertinente analizar los motivos que llevaron a la actora a desistir de la demanda de divorcio, como se hizo en la sentencia, pues, en este caso lo importante y determinante fue el hecho de dicho desistimiento sin que para ello sean relevantes sus razones, las cuales pertenecen a su fuero interno, que, en este asunto, no debían ser analizados ni cuestionados.
Además, dicha argumentación se fundamentó, principalmente, en declaraciones (testimonios e interrogatorios de parte) realizadas en otro proceso (ordinario de divorcio), respecto de las cuales no se cumplió con los requisitos para que se pudieran valorar como prueba trasladada y, en ese orden de ideas, no podían ser tenidos en cuenta. En efecto, no bastaba con que se tratara de una prueba solicitada por la parte actora, decretada por el tribunal y allegada al proceso, como se afirma en la sentencia; dicha circunstancia no es suficiente para valorar testimonios e interrogatorios rendidos en otros procesos, pues, las pruebas practicadas válidamente en un proceso podrán trasladarse a otro siempre que en el proceso primitivo se hubieren practicado a petición de la parte contra quien se aducen o con audiencia de ella, estas también pueden ser valoradas cuando son allegadas a petición de una de las partes y la otra parte estructura su defensa con fundamento en aquella o cuando las dos partes lo solicitan como prueba, una en la demanda, y la otra, en el escrito de contestación; ninguna de estas circunstancias se dio en este caso o fue explicada en la sentencia. 2 Expediente: 68001-23-33-000-2015-00037-02 (69.533) Demandante: Yanély Gómez Castro Y Otros Aclaración de voto De otra parte, se echa de menos en la sentencia el pronunciamiento respecto de uno de los argumentos del recurso de apelación, consistente en la supuesta condición psíquica vulnerable de la víctima y de las supuestas amenazas recibidas por su cónyuge; no se sabe si esas circunstancias se probaron y de ser así faltó explicar por qué eso no cambió la decisión. FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia: la aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022.