w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., cuatro (4) de julio de dos mil veintitrés (2023) Radicado: 11001-03-15-000-2023-03449-00 Accionante: RAFAEL DARÍO SILVESTRE DÍAZ Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN F AUTO QUE ADMITE Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por el Rafael Darío Silvestre Díaz, quien actúa por conducto de apoderado, contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda Subsección F, por la presunta vulneración de derechos fundamentales con la expedición de la providencia del 25 de abril de 2023, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado n.º 25307-33-33-001-2016-00131-00/01.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda Subsección F como accionado y a la Nación, Ministerio de Defensa, Ejército Nacional como tercero interesado en las resultas del proceso. Asimismo,
NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica ACC IÓN D E TUT EL A Radicado: 11001-03-15-000-2023-03449-00 Accionante Rafael Darío Silvestre Díaz w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso.
REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE al Juzgado Primero Administrativo de Girardot para que allegue a este proceso copia hábil en medio magnético o el link de acceso al expediente digital del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado n.º 25307-33-33-001- 2016-00131-00/01, donde compareció como demandante el hoy accionante.
SE RECONOCE PERSONERÍA al abogado Jesús Antonio Gómez Sánchez, portador de la Tarjeta Profesional núm. 187.024 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado del accionante, en los términos y para los fines previstos en el poder que reposa en el expediente.
NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado