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11001031500020230126600Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2023-03-10

Radicación interna: 1945 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Mario Daniel Corredor Mena·Demandado: Superintendencia De Sociedades

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., catorce (14) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-01266-00 Accionante: Mario Daniel Corredor Mena Accionado: Superintendencia de Sociedades Tema: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Se remite por competencia. AUTO Mario Daniel Corredor Mena interpuso –en nombre propio– una acción de tutela contra la Superintendencia de Sociedades, para obtener el amparo de su derecho fundamental de petición, pues no ha recibido respuesta frente al derecho de petición que radicó el 18 de enero de 2023 ante dicha entidad.

De conformidad con el artículo 1.2 del Decreto 333 de 2021: <<Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría>>. En ese orden de ideas, la competencia para conocer de este asunto no es del Consejo de Estado.

En mérito de lo expuesto, el Despacho

RESUELVE

PRIMERO. Por la Secretaría General de esta Corporación REMÍTASELE, a la mayor brevedad posible, la acción de tutela presentada por Mario Daniel Corredor Mena a los Juzgados del Circuito de Bogotá, con el fin de que adelante el trámite correspondiente.

SEGUNDO. PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la Corporación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado