CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá D.C., primero (1) de abril de dos mil veintidós (2022) Número interno: 68.092 Radicación: 68001-23-33-000-2019-00286-01 Demandante: Luz Divia Quintero Ballén Demandado: Municipio de Bucaramanga Asunto: Reparación directa APELACIÓN DE SENTENCIA CPACA-Admisión Ley 2080 de 2021.
APELACIÓN DE SENTENCIA CPACA-El expediente ingresa para fallo si no se solicitan pruebas en segunda instancia. ADMÍTESE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra la sentencia del 2 de noviembre de 2021, proferida por el Tribunal Administrativo de Santander, de conformidad con el artículo 247 CPACA, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021.
Como no se solicitaron pruebas en el recurso de apelación, ejecutoriado el auto, INGRÉSESE el expediente para fallo, a menos que alguna de las partes solicite pruebas durante la ejecutoria, de conformidad con el artículo 247 CPACA, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021.
NOTIFÍQUESE personalmente al Ministerio Público y por estado a las demás partes. GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE Firmado electrónicamente a través de SAMAI SAM/HDN