CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Consejero Ponente: NICOLÁS YEPES CORRALES Bogotá D.C., veintiséis (26) de enero de dos mil veinticuatro (2024) Radicación: 68001-23-33-000-2018-00138-01 (70181) Actor: GUILLERMO GUIZA SAAVEDRA Y OTROS Demandado: NACIÓN – MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OTROS Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA Asunto: ACEPTA RENUNCIA DE PODER Mediante memorial allegado a esta Corporación el 15 de enero de 2024, la abogada Irlenny Patricia Arias Rodríguez presentó renuncia al poder a ella conferido por la Agencia Nacional de Infraestructura.
Con relación a la terminación del poder por renuncia del apoderado, el artículo 76 del Código General del Proceso, dispone que esta solo surtirá efectos 5 días después a la fecha en que el abogado radique en el despacho judicial el memorial que contiene su renuncia al poder, acompañado de la comunicación mediante la cual informó esa situación a su poderdante.
En este caso, la abogada Irlenny Patricia Arias Rodríguez acompañó la renuncia con la comunicación del 26 diciembre de 2023 enviada al poderdante. En consecuencia: El Despacho ACEPTA la renuncia presentada por la abogada Irlenny Patricia Arias Rodríguez, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.015.406.137 y portadora de la tarjeta profesional No. 202.816 del Consejo Superior de la Judicatura al poder a ella otorgado por la Agencia Nacional de Infraestructura, toda vez que reúne los requisitos señalados en el inciso cuarto del artículo 76 del CGP.
En consecuencia, por Secretaría, REQUIÉRASE a la Agencia Nacional de Infraestructura para que en el término máximo de diez (10) días, contados a partir de la notificación de esta providencia, designe apoderado judicial para que represente sus intereses dentro del presente proceso, so pena de continuar con el trámite correspondiente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, NICOLÁS YEPES CORRALES Magistrado