CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SALA PLENA MAGISTRADA PONENTE: ADRIANA POLIDURA CASTILLO Bogotá D.C., seis (6) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001-03-26-000-2018-00128-00 (62177) Demandante: Michell Katirian Vargas y otro Demandado: Nación - Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional Referencia: Recurso extraordinario de unifiación de jurisprudencia Auto que aprueba liquidación de costas El Despacho procede a decidir sobre la aprobación de la liquidación de costas realizada por la Secretaría de la Sección Tercera.
La Sala Plena de esta Sección, mediante sentencia del 17 de octubre de 20241, desestimó el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia interpuesto contra la sentencia del 14 de marzo de 2018, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Por concepto de agencias en derecho, se fijó la suma de un (1) salario mínimo legal mensual vigente, a favor de la demandada2.
En atención a lo ordenado en la providencia antes referida, el 15 de noviembre de 20243, la Secretaría de la Sección efectuó la liquidación de costas de la siguiente manera: RUBRO MONTO Agencias en derecho $1.300.000 Gastos y expensas del proceso $0.00 Honorarios auxiliares de la justicia $0.00 Total $1.300.000 El Despacho encuentra que la liquidación refleja lo resuelto en la sentencia proferida por la Sala Plena de esta Sección, el 17 de octubre de 2024, por lo tanto, la aprobará. En consecuencia, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1 del artículo 366 del Código General del Proceso (CGP), el Despacho aprobará la liquidación de costas realizada por la Secretaría de la Sección Tercera a cargo de la parte recurrente, por el valor de un millón trescientos mil pesos ($1.300.000).
Por lo expuesto, el Despacho 1 Índice No. 26 en Samai. 2 El salario mínimo mensual legal vigente en el 2024 era de $1.300.000. 3 Índice No. 37 en Samai. 2 Radicado: 11001-03-26-000-2018-00128-00 (62177) Demandante: Michell Katirian Vargas y otra.
RESUELVE
APROBAR la liquidación de costas que efectuó la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación, de acuerdo con lo expuesto en las consideraciones que anteceden.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE ADRIANA POLIDURA CASTILLO Magistrada AET