Radicado: 11001-03-15-000-2022-03227-00 Demandante: José Imer Corrales Ñañez Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ Bogotá, 16 de junio de 2022 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-03227-00 Demandante: José Imer Corrales Ñañez Demandado: Consejo Superior de la Judicatura, Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia Asunto: auto que admite demanda Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone: 1.
Admitir la tutela presentada, mediante apoderada judicial, por José Imer Corrales Ñañez contra el Consejo Superior de la Judicatura, Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia, por la presunta vulneración a los derechos al trabajo, a la igualdad y a la libre escogencia de profesión u oficio. 2. En calidad de parte demandada, notificar al presidente del Consejo Superior de la Judicatura. 3.
El expediente digital queda a disposición de la parte demandada, por el término de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer. 4. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 5. Reconocer a la abogada Paola Andrea Corrales Varón como apoderada judicial de la parte demandante, en los términos del poder conferido. 6.
Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) Julio Roberto Piza Rodríguez