Demandante: Ángela María Londoño Villegas Demandado: Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Administración de Carrera Judicial y otro Rad: 11001-03-15-000-2023-03003-00 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA MAGISTRADO PONENTE: CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Bogotá D.C., siete (7) de junio de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-03003-00 Demandante: ÁNGELA MARÍA LONDOÑO VILLEGAS Demandado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA – UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE CARRERA JUDICIAL Y OTRO AUTO QUE ADMITE Mediante escrito radicado el 5 de junio de 2023 a través la aplicación de radicación de tutelas en línea de la Rama Judicial1, ingresado a este Despacho el 6 de junio de 2023 según constancia visible en el expediente que reposa en SAMAI, la señora Ángela María Londoño Villegas interpuso demanda en ejercicio de la acción de tutela para la protección de sus derechos al debido proceso, a la igualdad, al trabajo, de petición y de acceso a la función pública presuntamente lesionados por el Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Administración de Carrera Judicial y la Universidad Nacional de Colombia.
Sostuvo que las mencionadas garantías constitucionales le han sido vulneradas por las entidades mencionadas al haber sido rechazada dentro del concurso de méritos de la Convocatoria 27, por medio de la cual se adelanta el proceso de selección para la provisión de los cargos de funcionarios de la Rama Judicial, y al no habérsele respondido de manera completa a la solicitud de revisión del 13 de febrero de 2023.
La Sección Quinta del Consejo de Estado conoce de las acciones de tutela promovidas contra el Consejo Superior de la Judicatura de acuerdo con el numeral 8 del artículo 1.º del Decreto 333 de 2021, que modificó el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015 «Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho». 1 Escrito asignado a este despacho mediante acta de reparto del 5 de junio de 2023.
Demandante: Ángela María Londoño Villegas Demandado: Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Administración de Carrera Judicial y otro Rad: 11001-03-15-000-2023-03003-00 2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Como la solicitud cumple con los requisitos que señala el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se RESUELVE Primero. Admítese la acción de tutela interpuesta por la señora Ángela María Londoño Villegas contra el Consejo Superior de la Judicatura - Unidad de Administración de Carrera Judicial y la Universidad Nacional de Colombia.
Segundo. Notifíquese por el medio más expedito y eficaz a los magistrados que integran el Consejo Superior de la Judicatura y a la directora de la Unidad de Administración de Carrera Judicial quienes podrán contestar la presente tutela y allegar los documentos que pretendan hacer valer como pruebas, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio.
Tercero: De igual forma, notifíquese a los participantes de la Convocatoria 27 de 2018. Para ello, líbrese oficio al Consejo Superior de la Judicatura y a la Universidad Nacional de Colombia, para que surtan dicha comunicación en sus páginas web. Para efectos de vincular a eventuales interesados en las resultas del proceso, se ordena a la Secretaría publicar en la página web del Consejo de Estado un aviso sobre la existencia de esta acción. Cuarto: Ténganse como pruebas los documentos aportados con la solicitud de tutela, con el valor probatorio que les corresponda según la ley.
Quinto: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz esta decisión al actor.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Magistrado “Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081”