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25000233600020160170801Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2022-04-05

Radicación interna: 68279 · LEY 1437 REPARACION DIRECTA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Coccinelle De Colombia, Ribeaux Ltda·Demandado: Nacion- Rama Judicial

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Martín Bermúdez Muñoz Referencia: Acción de reparación directa Radicación: 25000-23-36-000-2016-01708-01 (68279) Demandante: Coccinelle de Colombia S.A. y Ribeaux Import Export Ltda. Demandados: Nación - Rama Judicial Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Aunque comparto el sentido de la decisión, considero que la sentencia incurre en una imprecisión al resolver el recurso de apelación de la parte demandante.

Afirma que el recurrente incumplió la carga argumentativa que le incumbía, pues cuestionó en forma genérica la valoración probatoria realizada por el Tribunal Administrativo, sin “…identificar cuáles fueron los medios de prueba que fueron indebidamente valorados”. Encuentro que, al sustentar su recurso de apelación, la parte actora sí identificó los medios de prueba que, a su juicio, habían sido indebidamente valorados: los contenidos en el expediente del proceso ejecutivo del que se predica el defectuoso funcionamiento de la administración de justicia. Con la remisión pura y simple al estudio de las pruebas que reposan en un expediente judicial, evidentemente, no se cumple con la carga de identificar una deficiencia en la valoración probatoria.

Tal precisión, a mi juicio, debía ser puesta de presente, ya que no es acertado afirmar, como lo sostiene el fallo, que el recurrente no identificó los medios de prueba indebidamente valorados. Sí lo hizo, solo que de manera deficiente. Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado