Micelio
25000233600020150126702Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Auto interlocutorio2022-05-10

Radicación interna: 68408 · LEY 1437 REPARACION DIRECTA

Ponente: William Edgardo Barrera Muñoz

Actor: Ximena Juana Francisca Lozano Beltran·Demandado: Distrito Capital, Contraloria General De La Republica

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá D.C., uno (1) de julio de dos mil veintidós (2022) Número interno: 68.408 Radicación: 25000-23-36-000-2015-01267-02 Demandante: Ximena Juana Francisca Lozano Beltrán Demandado: Bogotá DC y otro Asunto: Reparación directa APLICACIÓN DE LA LEY EN EL TIEMPO-Recurso de apelación interpuesto antes de la Ley 2080 de 2021.

APELACIÓN DE SENTENCIA-Admisión Ley 1437 de 2011. El 8 de octubre de 2020, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en la sentencia, negó las pretensiones de la demanda. El 5 de noviembre de 2020, la parte demandante interpuso recurso de apelación, que fue concedido el 30 de noviembre de 2021. El 12 de mayo de 2022, el proceso pasó al despacho para estudiar la admisión del recurso.

Como el recurso de apelación fue interpuesto antes de la vigencia de la Ley 2080 de 2021, ADMÍTESE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del 8 de octubre de 2020, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, de conformidad con el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011.

NOTIFÍQUESE personalmente al Ministerio Público y por estado a las demás partes. GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE FGC/HDN