Demandante: Augusto Hernández Becerra Demandado: Leopoldo Alberto Múnera Ruiz (rector Universidad Nacional) Radicado: 11001-03-24-000-2024-00158-00 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado ponente: LUIS ALBERTO ÁLVAREZ PARRA Bogotá, D.C., veintidós (22) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: NULIDAD ELECTORAL Radicación: 11001-03-24-000-2024-00158-00 Demandante: AUGUSTO HERNÁNDEZ BECERRA Demandado: LEOPOLDO ALBERTO MÚNERA RUIZ Tema: Solicitud previa al estudio de la admisión de la demanda AUTO Previo a resolver sobre la admisión de la demanda, el despacho encuentra que la parte actora, en el libelo introductorio reformado oportunamente, hizo la siguiente solicitud previa: Bajo la gravedad del juramento declaro que no tengo a mi disposición los siguientes documentos: 1.
El Acta N.° 10 correspondiente a la sesión extraordinaria del 6 de junio de 2024, mediante la cual el Consejo Superior Universitario designó al profesor LEOPOLDO ALBERTO MÚNERA RUIZ como rector de la Universidad Nacional de Colombia. 2. El Acta N.° 09 correspondiente a la sesión extraordinaria del 6 de junio de 2024, en el cual el Consejo Superior Universitario definió la metodología para designar al rector y adoptó la Resolución 067 de 2024, expedida para “verificar y corregir irregularidades”.
Esta Acta y la Resolución 067 son antecedente inmediato y fundamento jurídico de la designación de rector contenida en el Acta N.° 10. 3. Los audios y su transcripción en texto que registran las sesiones extraordinarias 9 y 10 efectuadas por el Consejo Superior Universitario el día 6 de junio de 2024. Por esta razón solicito al Honorable Magistrado Ponente que, previamente a la admisión de la demanda, ordene oficiar al Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional de Colombia para que envíe con destino al Demandante: Augusto Hernández Becerra Demandado: Leopoldo Alberto Múnera Ruiz (rector Universidad Nacional) Radicado: 11001-03-24-000-2024-00158-00 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 proceso copia de las actas 09 y 10 del CSU de fecha 6 de junio de 2024, junto con las constancias de publicación, notificación o ejecución, y adicionalmente los audios y la transcripción textual correspondientes a las sesiones extraordinarias 9 y 10 efectuadas por el Consejo Superior Universitario el día 6 de junio de 2024.
Aunado a lo anterior, se observa que el actor demanda en nulidad electoral el acto de elección del señor Leopoldo Múnera Ruiz, como rector de la Universidad Nacional “contenido en el Acta N.° 10 de las sesión extraordinaria del Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional de Colombia realizada el 6 de junio de 2024”. Ahora bien, el numeral 3 de la solicitud previa, sobre la remisión de los audios y transcripción en texto de las sesiones extraordinarias 9 y 10, al resultar, por ahora, ajena al contenido de la petición de que trata el artículo 166 del CPACA, su allegamiento será requerido en etapa posterior del proceso.
En consecuencia, en aplicación del artículo 166 numeral 1º del CPACA1, en atención a que la mención del demandante se encuentra incorporada a la demanda integrada con la reforma y, a que, a primera vista, las actas referidas no reposan en el expediente, se imparte la siguiente orden: Por Secretaría de la Sección Quinta, OFÍCIESE A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, para que el Consejo Superior Universitario o a la dependencia o autoridad que corresponda, remita, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del presente auto, copia de las Actas 092 y 103 de 6 de junio de 2024 expedidas por 1 El precitado artículo establece los anexos necesarios que deben adjuntarse con la demanda y dispone: “A la demanda deberá acompañarse: 1.
Copia del acto acusado, con las constancias de su publicación, comunicación, notificación o ejecución, según el caso. (…). Cuando el acto no ha sido publicado o se deniega la copia o la certificación sobre su publicación, se expresará así en la demanda bajo juramento que se considerará prestado por la presentación de la misma, con la indicación de la oficina donde se encuentre el original o el periódico, gaceta o boletín en que se hubiere publicado de acuerdo con la ley, a fin de que se solicite por el Juez o Magistrado Ponente antes de la admisión de la demanda.
Igualmente, se podrá indicar que el acto demandado se encuentra en el sitio web de la respectiva entidad para todos los fines legales”. (Subrayas y negrillas fuera de texto). 2 Expedida para “verificar y corregir irregularidades”. 3 Acto de designación del rector Leopoldo Alberto Múnera Ruiz. Demandante: Augusto Hernández Becerra Demandado: Leopoldo Alberto Múnera Ruiz (rector Universidad Nacional) Radicado: 11001-03-24-000-2024-00158-00 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 3 el Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional, con las respectivas constancias de publicación y de ejecutoria.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS ALBERTO ÁLVAREZ PARRA Magistrado Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081.