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11001031500020230439800Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2023-08-18

Radicación interna: 7064 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Myriam Stella Gutierrez Arguello

Actor: Luis Antonio De Avila Cerpa·Demandado: Consejo De Estado Seccion Segunda Subseccion A Y Otro, Tribunal Administrativo De Bolívar

Radicado: 11001-03-15-000-2023-04398-00 Demandante: Luis Antonio Ávila Cerpa Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, veinticinco (25) de agosto de dos mil veintitrés (2023) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2023-04398-00 Demandante LUIS ANTONIO ÁVILA CERPA Demandado CONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN A Y OTRO ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone: 1.

Admitir la demanda presentada por el señor Luis Antonio Ávila Cerpa, quien actúa en nombre propio, contra el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A, magistrado Gabriel Valbuena Hernández y el Tribunal Administrativo de Bolívar. 2. En calidad de parte demandada, notificar al Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A, magistrado Gabriel Valbuena Hernández y al Tribunal Administrativo de Bolívar, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 3.

En calidad de tercero, notificar al Juzgado Octavo Administrativo de Sincelejo, autoridad vinculada en el proceso de conflicto de competencia No. 11001-03-24-000-2021-00038-00; al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, que actúa como demandado en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho que dio origen al conflicto de competencia; y al Banco Davivienda S.A. quien actúa como tercero interesado, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 4.

Solicitar al despacho del magistrado Gabriel Valbuena Hernández, o quien haga sus veces, en donde se encuentra el expediente proceso de conflicto de competencia No. 11001-03-24-000-2021-00038-00, para que, de manera completa allegue informe con el listado de procesos que están pendientes de trámite y el turno en el que se encuentra el mencionado proceso. 5.

Notificar el presente auto a las partes y a los terceros vinculados. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario. 6. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda., (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO