Radicado: 11001-03-15-000-2023-02848-00 Demandante: José Arceliano Palacios Mosquera Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA Bogotá D.C., treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-02848-00 Demandante: JOSÉ ARCELIANO PALACIOS MOSQUERA Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CHOCÓ Y OTRO AUTO – ADMITE Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone: 1.
Admitir la demanda interpuesta, en nombre propio, por el señor José Arceliano Palacios Mosquera contra el Tribunal Administrativo de Chocó y el Juzgado Segundo Administrativo Oral de Quibdó. 2. Notificar el presente auto al demandante, a los Magistrados que conforman el Tribunal Administrativo del Chocó y al titular del Juzgado Segundo Administrativo Oral de Quibdó. Adicionalmente, al Departamento del Chocó – Secretaría de Educación-Administración Temporal para el Sector Educativo del Chocó- y a la Comisión Nacional del Servicio Civil, como terceros interesados.
Tanto a los demandados como a los terceros con interés se les remitirá copia de la demanda a los correos electrónicos de notificaciones judiciales destinados para el efecto. Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados. 3. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso.
La notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón, de manera que no se enviará documento alguno en papel. Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo. 4. Informar a los demandados y a los terceros con interés que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción. Los escritos se pueden presentar al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co 5.
Oficiar al Juzgado Segundo Administrativo Oral de Quibdó, para que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente auto, allegue copia a través de medio magnético, del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 27001-33-33-002-2017-00064-00, Radicado: 11001-03-15-000-2023-02848-00 Demandante: José Arceliano Palacios Mosquera Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente.
Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 2 demandante: José Arceliano Palacios Mosquera. Al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co 6. Suspender los términos de la presente acción de tutela hasta que se allegue copia del expediente solicitado.
Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA