CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C., diecisiete (17) de marzo de dos mil veintidós (2022) Radicado número: 11001-03-15-000-2022-01627-00 Actores: José Luis Ramos Redondo Accionado: Tribunal Administrativo del Atlántico Acción de Tutela Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que en ejercicio de la acción de tutela, presenta el señor José Luis Ramos Redondo, a través de apoderado, en contra del Juzgado Cuarto (4°) Administrativo de Barranquilla y el Tribunal Administrativo del Atlántico.
En consecuencia, se dispone: Vincúlese, por tener interés en las resultas del proceso, a la Procuraduría 61 Judicial I para Asuntos Administrativos y al Distrito de Barranquilla, haciéndoles llegar copia del escrito de tutela, para que hagan las manifestaciones que consideren pertinentes; para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Por Secretaría General ofíciese al Juzgado Cuarto (4°) Administrativo de Barranquilla y el Tribunal Administrativo del Atlántico, para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen a través de medio magnético, el expediente correspondiente al proceso de reparación directa con radicado número: 08001-33-33-004-2020-00127-00/01, demandante: José Luis Ramos Redondo.
Id Documento: 11001031500020220162700005025060011 Radicado Nº. 11001-03-15-000-2022-01627-00 Actor: José Luis Ramos Redondo Acción de Tutela 2 Con el valor que les asigne la Ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente. Se reconoce personería a la abogada Karem de Jesús García Castro, como apoderada de la parte actora, en los términos y para los efectos señalados en el poder otorgado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Id Documento: 11001031500020220162700005025060011