CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C., treinta (30) de agosto de dos mil veintitrés (2023). Radicado número: 11001-03-15-000-2023-04428-00 Accionante: Gustavo Tafur Márquez Accionado: Tribunal Administrativo de Sucre Acción de Tutela Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que en ejercicio de la acción de tutela presenta el señor Gustavo Tafur Márquez contra el Tribunal Administrativo de Sucre.
Póngase en conocimiento de la autoridad judicial accionada, la admisión de la presente demanda de tutela, haciéndole llegar copia de la misma, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Vincúlese, por tener interés en las resultas del proceso, al Municipio de Sincé, Sucre, haciéndole llegar copia del escrito de tutela, para que efectúe las manifestaciones que considere pertinentes, para lo cual se les otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Por Secretaría General, ofíciese al Tribunal Administrativo de Sucre, para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen en medio magnético, el expediente correspondiente al proceso de nulidad simple con radicado número: 70001-33-33-008-2019-00151-00, demandante Gustavo Tafur Márquez.
Radicado Nº. 11001-03-15-000-2023-04428-00 Accionante: Gustavo Tafur Márquez 2 Con el valor que les asigne la ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.