Radicación: 11001031500020210282200 Demandante: GRUPO ICT II S.A.S. CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN Bogotá D.C., 16 de julio de 2025 Referencia: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN Radicación: 11001031500020210282200 Demandante: GRUPO ICT II S.A.S. Demandado: DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DIAN AUTO Dada la solicitud de aclaración presentada por el apoderado del Grupo ICT II1, el Despacho procede a: 1.
Corregir el numeral tercero del auto del 17 de septiembre de 20242, el cual quedará así: “TERCERO: RECONOCER al abogado Orlando Corredor Alejo, como apoderado de la parte actora, en los términos y para los fines del poder a él conferido. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 y siguientes del Código General del Proceso” 2.
Reconocer personería el abogado Pablo Nelson Rodríguez Silva, como apoderado de la DIAN, de conformidad con lo estipulado en el poder a él conferido obrante en el índice 19 y 27 del Sistema de Gestión Documental SAMAI.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado CONSTANCIA: Esta providencia fue firmada electrónicamente por el Magistrado que lo suscribe en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad y conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley. 1 Índice 28 del Sistema de Gestión Documental SAMAI 2 Índice 22 del Sistema de Gestión Documental SAMAI