Micelio
73001233300020160055801Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-06-16

Radicación interna: 5063 · ACCIONES POPULARES

Ponente: Hernando Sanchez Sanchez

Actor: Lucas Rodriguez Gamboa Y Otros·Demandado: Departamento Del Tolima -Municipio De Ibague

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA CONSEJERO PONENTE: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Bogotá, D.C., once (11) de agosto de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos Núm. único de radicación: 730012333000201600558-01 Actor: Lucas Rodríguez Gamboa y Kevin Santiago Durán Ochoa Demandados: Departamento del Tolima, Municipio de Ibagué, Corporación Autónoma Regional del Tolima -CORTOLIMA-, Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado S.A -IBAL S.A. E.S.P-, Instituto de Financiamiento, Promoción y Desarrollo de Ibagué -INFIBAGUE-, y Procuraduría Ambiental y Agraria del Tolima Coadyuvantes: Clínica Jurídica de Derechos Humanos e Interés Público – Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación de la Universidad de Ibagué Asunto: Resuelve sobre la admisión de unos recursos de apelación AUTO INTERLOCUTORIO Este Despacho procede a resolver sobre la admisión de los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia proferida el 30 de marzo de 2023 por el Tribunal Administrativo de Tolima.

Consideraciones Admisión de los recursos de apelación 1. Vistos los artículos: i) 37 de la Ley 472 de 5 de agosto de 19981, sobre recurso de apelación; y ii) 322 de la Ley 1564 de 12 de julio de 20122, en especial, el inciso 2.º del numeral primero, sobre oportunidad y requisitos. 1 “Por la cual se desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia en relación con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones”. 2 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”.

Id Documento: 73001233300020160055801270111180079 2 Núm. Único de radicación: 730012333000201600558-01 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2. Atendiendo a que los recursos de apelación interpuestos por el Municipio de Ibagué y la Corporación Autónoma del Tolima –CORTOLIMA- contra la sentencia de 30 de marzo de 2023 proferida por el Tribunal Administrativo de Tolima cumplen con los requisitos previstos en la ley, este Despacho procederá a su admisión. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR los recursos de apelación interpuestos por el Municipio de Ibagué y la Corporación Autónoma del Tolima –CORTOLIMA- contra la sentencia proferida el 30 de marzo de 2023 por el Tribunal Administrativo del Tolima.

SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes e intervinientes, por estado, y al Ministerio Público, personalmente.

TERCERO: Cumplido lo anterior y/o vencidos los respectivos términos o traslados, se ordena a la Secretaría General REMITIR el expediente del proceso de la referencia al Despacho para proveer lo que en derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Consejero de Estado Id Documento: 73001233300020160055801270111180079