Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D. C., trece (13) de abril de dos mil veintitrés (2023) Referencia ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-01529-00 Accionante: SANDRA BEATRIZ SERNA SÁNCHEZ Accionados: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE BOYACÁ – SALA DE DECISIÓN NO. 2 Y OTRO Auto que admite acción de tutela Procede este Despacho a pronunciarse respecto de la admisión de la acción de tutela presentada por los ciudadanos Sandra Beatriz Serna Sánchez, Carlos Iván Montoya Serna, Carlos Sebastián Montoya Serna y Carla Ximena Montoya Serna en contra de las sentencias de 9 de mayo de 2019 y de 21 de septiembre de 2022, dictadas, respectivamente, por el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Tunja y por el Tribunal Administrativo de Boyacá – Sala de Decisión No. 2, dentro del medio de control de reparación directa con radicado número 15001-33-33-007-2016- 00059-00/01, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, a la salud y al acceso a la administración de justicia. Consideraciones del Despacho: 1.
Por ajustarse a lo previsto en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admitirá la presente acción de tutela; igualmente, se vincularán como terceros con interés en este proceso a la E.S.E. Hospital San Rafael de Tunja, a la Compañía de Seguros La Previsora S.A. y al señor Carlos Alberto Montoya Gallego. También se dispondrá notificar al Ministerio Público para lo de su competencia. En mérito de lo expuesto el Despacho, R E S U E L V E:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela promovida por los ciudadanos Sandra Beatriz Serna Sánchez, Carlos Iván Montoya Serna, Carlos Sebastián Montoya Serna y Carla Ximena Montoya Serna en contra de las sentencias de 9 de mayo de 2019 y de 21 de septiembre de 2022, dictadas, respectivamente, por el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Tunja y por el Tribunal Administrativo de Boyacá – Sala de Decisión No. 2, dentro del medio de control de reparación directa con radicado número 15001- 33-33-007-2016-00059-00/01. 2 Radicación: 11001-03-15-000-2023-00409-00 Accionante: Javier Antonio Herrera Osorio SEGUNDO: NOTIFICAR esta decisión al Juez Séptimo Administrativo del Circuito de Tunja y a los magistrados del Tribunal Administrativo de Boyacá – Sala de Decisión No. 2.
También se notificará al agente del Ministerio Público ante esta Sección, para lo de su competencia. Igualmente se REMITIRÁ, a todos los notificados, copia de la solicitud de tutela para que rindan informe sobre el particular, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de esta providencia.
TERCERO: VINCULAR a la E.S.E. Hospital San Rafael de Tunja, a la Compañía de Seguros La Previsora S.A. y al señor Carlos Alberto Montoya Gallego, como terceros con interés en el resultado del proceso y, en consecuencia, se dispone REMITIRLES copia de la solicitud de tutela, para que, si lo estiman pertinente, se pronuncien sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de este proveído.
Vencido el plazo antes señalado, vuelvan las diligencias al despacho para resolver lo pertinente.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS Consejero de Estado P:(18)