REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, veintiséis (26) de enero de dos mil veintitrés (2023) Magistrado ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA Expediente: 05001-23-31-000-2010-01665-01 (58.143) Demandante: INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS – INVÍAS Demandado: GUSTAVO ALBERTO MONTES VILLA Y OTROS Medio de control: REPETICIÓN - DECRETO 1 DE 1984 - ACLARACIÓN DE VOTO Aunque comparto el sentido de la decisión aprobada por la mayoría de la Subsección, debo aclarar que ante la falta de acreditación del pago de la condena que origina la acción de repetición, es evidente la configuración de una conducta temeraria de la entidad demandante que, a su vez, hace procedente la condena en costas; sin embargo, en el asunto sometido a consideración de la Sala el motivo de apelación se dirigió a obtener la condena en costas por estimarse inane la acción instaurada debido a la ausencia de intervención de uno de los demandados en el asunto materia del litigio y que dio lugar a la conciliación, aspecto que no se estableció por cuanto el análisis de los elementos de la acción se agotó en la falta de acreditación del pago de la condena respecto de la cual se solicitó la repetición. FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (firmado electrónicamente) Constancia. La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022.
05001233100020100166501Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2016-10-13
Radicación interna: 58143 · ACCION DE REPETICION
Ponente: Alberto Montaña Plata
Actor: Invias·Demandado: Gustavo Alberto Montes Villa Y Otros