Micelio
11001031500020210563703Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2022-03-24

Radicación interna: 2785 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Gabriel Valbuena Hernandez

Actor: Maria Antonia Caicedo Angulo·Demandado: Presidencia De La Republica

w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D. C., trece (13) de mayo de dos mil veintidós (2022) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicado: 11001-03-15-000-2021-05637-03 Accionante: MARÍA ANTONIA CAICEDO ÁNGULO Accionado: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y OTROS AUTO QUE RECHAZA SOLICITUD DE REVISIÓN Consultado el sistema SAMAI se advierte memorial allegado por el defensor del pueblo - Regional del Valle del Cauca en el que solicita la revisión de la providencia del 30 de marzo de 2022 mediante la cual esta Sala de Decisión, en sede de consulta, confirmó el auto interlocutorio de 10 de marzo de 2022 proferido por la Sección Quinta del Consejo de Estado que decidió el incidente de desacato presentado por la señora María Antonia Caicedo Ángulo en contra de la Defensoría del Pueblo – Regional Valle del Cauca.

Ahora bien, teniendo en cuenta que conforme lo previsto en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1994 contra el auto que resuelve la consulta del incidente de desacato no procede el recurso alguno, el despacho RESUELVE:

PRIMERO: RECHAZAR POR IMPROCEDENTE la solicitud de revisión de la providencia del 30 de marzo de 2022 presentada por el defensor del pueblo - Regional del Valle del Cauca, de acuerdo con lo señalado en este auto. ACCIÓN DE T UTELA Radicado: 11001-03-15-000-2021-05637-03 Accionante: María Antonia Caicedo Ángulo w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 SEGUNDO: por la Secretaría General de esta Corporación DEVUÉLVASE inmediatamente el expediente al despacho de origen.

TERCERO: REGISTRAR la presente providencia en la plataforma SAMAI.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE La anterior providencia fue estudiada y aprobada por la Sala en sesión de la fecha. GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE