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17001233300020200022502Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2024-02-19

Radicación interna: 0864-2024 · LEY 1437 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Ponente: Jorge Edison Portocarrero Banguera

Actor: Oscar Jhon Diaz Hernandez·Demandado: Nacion-Rama Judicial-Direccion Ejecutiva De Administracion Judicial-Seccional Manizales

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN B Consejero de Estado: Jorge Edison Portocarrero Banguera Bogotá, D. C., dieciocho (18) de julio de dos mil veinticinco (2025) Radicado: 17001-23-33-000-2020-00225-02 (0864-2024)1 Demandante: Oscar Jhon Díaz Hernández Demandado: Nación - Rama Judicial - Dirección Ejecutiva de Administración Judicial (DEAJ) Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho Tema: Prima especial de servicios (artículo 14, Ley 4ª de 1992) Decisión: Acepta desistimiento recurso de apelación Mediante escrito de 27 de mayo de 20252, el apoderado de la parte demandada presentó desistimiento del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 5 de diciembre de 2023, proferida por el Tribunal Administrativo de Caldas, Sala de Conjueces.

Previamente, a través de correo electrónico de 23 de mayo de 20253, la parte interesada remitió copia de dicho memorial a su contraparte, quien, coadyuvo la solicitud del desistimiento. En consecuencia, comoquiera que la aludida manifestación es plenamente procedente, que el apoderado de la demandada se encuentra facultado4 para esos efectos, y que la parte accionante no presentó oposición alguna, el Despacho aceptará el mencionado desistimiento con fundamento en lo normado en el artículo 314 del CGP, absteniéndose de condenar en costas.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Despacho,

RESUELVE

PRIMERO: ACEPTAR el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de 5 de diciembre de 2023, proferida por el Tribunal Administrativo de Caldas, Sala de Conjueces. 1 Expediente electrónico. 2 Samai, índice 10. 3 Samai, índice 10, archivo 3. 4 Samai, índice 2, archivo 5EDEXPEDIENTE17001233300020200022500EXPEDIENTEZIP(.zip), documento 33AnexoPoder.

Número Interno: 0864-2024 Demandante: Oscar Jhon Díaz Hernández Demandada: Nación – Rama Judicial - DEAJ 2 SEGUNDO: Sin condena en costas, en esta instancia.

TERCERO: Ejecutoriada esta providencia y efectuadas las anotaciones que fueren necesarias, DEVOLVER el expediente al Tribunal de origen.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente JORGE EDISON PORTOCARRERO BANGUERA Constancia: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la plataforma del Consejo de Estado denominada Samai. En consecuencia, se garantiza su autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA.