Micelio
11001031500020220452700Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2022-08-19

Radicación interna: 7237 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Gabriel Valbuena Hernandez

Actor: James Perea Peña·Demandado: Tribunal Administrativo Del Valle Del Cauca

w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., veintidós (22) de agosto de dos mil veintidós (2022). Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-04527-00 Accionante: JAMES PEREA PEÑA Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL VALLE DEL CAUCA AUTO ADMISORIO Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por la señora James Perea Peña, actuando a nombre propio, en contra del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia ocurrida con ocasión de la expedición de la providencia del 10 de agosto de 2022 proferida en el curso del medio de cumplimiento con radicado número 76001-33-33-012-2017- 00009-05.

TÉNGANSE como pruebas las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, como accionado, y al Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Santiago de Cali, a la Gobernación del Departamento del Valle del Cauca – Secretaria de Educación y a la señoras Clara Luz Roldán González y Mariluz Zuluaga Santa, como terceros interesados en las ACCIÓN DE T UTELA Radicado: 11001-03-15-000-2022-04527-00 Accionante: James Perea Peña w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 resultas del proceso.

Para efectos de notificar a estos últimos, COMISIONESE al Tribunal Administrativo de Valle del Cauca, LÍBRESE EL DESPACHO COMISORIO con los insertos del caso. Asimismo,

NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca para que allegue el expediente del proceso de acción de cumplimiento con radicado número 76001-33-33-012-2017-00009-05, en calidad de préstamo, donde figura como demandante el señor James Perea Peña.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado