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11001032600020190012400Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2019-08-01

Radicación interna: 64457 · LEY 1437 RECURSO DE ANULACION DE LAUDO ARBITRAL

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martinez

Actor: Maria Victoria Solarte Daza, Carlos Alberto Solarte Solarte, Gabriel David Solarte Viveros, Diego Alejandro Solarte Viveros, Luis Fernando Solarte Marcillo, Nelly Beatriz Daza De Solarte Y Otra·Demandado: Municipio De Popayan

REPÚBLICA DE COLOMBIA [pic] CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA – SUBSECCIÓN “B” Bogotá DC, siete (7) de febrero de dos mil veintidós (2022) Magistrado Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 11001-03-26-000-2019-00124-00 (64.457) Demandante: CARLOS ALBERTO SOLARTE SOLARTE Y OTROS Demandado: MUNICIPIO DE POPAYÁN Referencia: RECURSO DE ANULACIÓN DE LAUDO ARBITRAL Asunto: APRUEBA LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y RESUELVE PETICIÓN DE CORRECCIÓN DE CONSTANCIA DE EJECUTORIA Visto el informe secretarial que antecede dispónese: 1) En atención a la liquidación de costas elaborada por la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación (índice 53 SAMAI) el despacho de conformidad con lo previsto en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por remisión expresa que hace el artículo 306 de la Ley 1437 de 2011, dispone: Apruébase la liquidación de costas realizada el 22 de septiembre de 2021 por la Secretaría de la Sección en el presente proceso. 2) El apoderado de la parte actora solicitó corrección de la constancia de ejecutoria expedida por la Secretaría de la Corporación en relación con la fecha de fijación del estado de la providencia proferida por este despacho el 26 de julio de 2021 mediante la cual se negó aclaración de la sentencia. Como la notificación de la aludida providencia se realizó mediante estado fijado el 24 de agosto de 2021 (índice 42 SAMAI) y no del 29 de abril de 2021, por Secretaría de la Sección corríjase la aludida certificación visible en los índices 47, 48 y 51 de SAMAI, dejando las anotaciones de rigor.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) MVST/52c 9 cd’s Constancia. La presente providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente en la plataforma SAMAI, en consecuencia se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 186 de CPACA.