Micelio
11001031500020230023600Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2023-01-19

Radicación interna: 331 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Oscar Felipe Agudelo Galeano·Demandado: Presidencia De La Republica Y Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., veinticinco (25) de enero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-00236-00 Accionante: Oscar Felipe Agudelo Galeano Accionados: Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas Tema: Acción de tutela contra providencia judicial / Remite por competencia. AUTO Oscar Felipe Agudelo Galeano interpone acción de tutela contra la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para que se protejan sus derechos fundamentales a la igualdad y en calidad de víctima, los cuales consideró vulnerados porque tanto él como algunos miembros de su familia fueron retirados, sin ninguna explicación, del Registro Único de Víctimas en el cual estaban inscritos.

Sostiene que se ha generado una discriminación entre los integrantes de su familia, pues a pesar de que todos fueron víctimas de desplazamiento forzado, algunos, incluyéndolo a él, fueron retirados del mencionado registro. A partir de lo anterior, el despacho advierte que tanto los hechos como las pretensiones que se desprenden del escrito de tutela se dirigen únicamente en contra de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, que administra el Registro Único de Víctimas.

De acuerdo con el numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015 <<Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría>>, el reparto y conocimiento de la solicitud de amparo no corresponde a esta Corporación, sino a los jueces del circuito, como quiera que la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas es una autoridad del orden nacional.

En mérito de lo expuesto, el Despacho

RESUELVE

PRIMERO. Por la Secretaría General de esta Corporación REMÍTASE, a la mayor brevedad posible, la acción de tutela presentada por Oscar Felipe Agudelo Galeano a la oficina de reparto judicial de Bogotá, a fin de que se adelante el trámite correspondiente. Radicado: 11001-03-15-000-2023-00236-00 Accionante: Oscar Felipe Agudelo Galeano Remite por competencia 2 SEGUNDO.

NOTIFÍQUESE la presente providencia al accionante a la dirección de correo electrónico señalada en el escrito de tutela, enviándole copia de la decisión que se adopta.

TERCERO. PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la Corporación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado