Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá, D.C., 7 de febrero de 2023 Radicación: 11001-03-15-000-2023-00490-00 Demandante: Rolfy Forero Cuadrado Demandado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección D. Naturaleza: Acción de tutela.
Auto De conformidad con lo previsto por el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, el despacho
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Rolfy Forero Cuadrado, mediante apoderada judicial, contra la Subsección D de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y, VINCULAR al Juzgado 56 Administrativo de Bogotá y a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), como terceros interesados en el proceso.
SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, al demandado y a los terceros vinculados, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente.
TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.
CUARTO: OFICIAR a la Subsección D de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y al Juzgado 56 Administrativo de Bogotá para que quien tenga el expediente del proceso de nulidad y restablecimiento de derecho No. 11001-33-42-056-2020-00247-00/01, lo remita escaneado a la siguiente dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co.
QUINTO: RECONOCER personería a la abogada Kandy León Rodríguez, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.837.044 y portadora de la tarjeta profesional No. 200.865 del Consejo Superior de la Judicatura, como Radicación: 11001-03-15-000-2023-00490-00 Demandante: Rolfy Forero Cuadrado Demandado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección D. Naturaleza: Acción de tutela.
Auto Decisión: Admite ______________________________________________________________________________________________________________ 2 de 2 apoderada de la parte demandante, en los términos del poder obrante en el expediente digital.
SEXTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA