Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Martín Bermúdez Muñoz Referencia: Acción de reparación directa Radicación: 66001-23-31-000-2011-00091 01 (55557) Demandante: Elmer de Jesús Valencia Torres y otros Demandado: Instituto Nacional de Vías – Invías Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Comparto la decisión de negar las pretensiones de la demanda.
Sin embargo, considero que, demostrado el hecho de la víctima consistente en su indebida ubicación, resultaba innecesario realizar un análisis de falla del servicio sobre el estado de la tapa de la volqueta. La lógica de la responsabilidad extracontractual es consecuencial: truncado uno de sus elementos, en este caso el nexo de causalidad, resulta útil continuar con el estudio de los restantes.
Adicionalmente, la sentencia utiliza el concepto de culpa patronal, que, como he señalado anteriormente1, es una posición exclusiva del ponente que desconoce la postura jurisprudencial mayoritaria sobre el título de imputación de falla del servicio. Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA 1 Al respecto puede consultarse mi aclaración de voto a la Sentencia 14 de julio de 2023, exp. 50358.