Expediente: 11001-03-15-000-2023-00887-00 Demandante: Carlos Miguel Narváez López Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá, 24 de febrero de 2023 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-00887-00 Demandante: CNO Carlos Narváez Obando Arquitectos Asociados S.A.S. Demandado: Tribunal Administrativo de Nariño, Sala Primera de Decisión Asunto: Auto admisorio Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: 1.
Admitir la demanda de tutela presentada por la sociedad CNO Carlos Narváez Obando Arquitectos Asociados S.A.S. contra el Tribunal Administrativo de Nariño, Sala Primera de Decisión, con el objeto de que sean amparados los derechos fundamentales al debido proceso y a la administración de justicia. 2. En calidad de demandados, notificar a los magistrados del Tribunal Administrativo de Nariño, Sala Primera de Decisión. 3.
En calidad de terceros con interés, vincular al Juzgado Tercero Administrativo de Pasto y al director del Hospital Civil de Ipiales E.S.E., en calidad de juez de primera instancia y demandado en el medio de control de controversias contractuales, respectivamente, con radicado 52001-23-33-000-2017-00319-00. 4. Requerir al Juzgado Tercero Administrativo de Pasto para que, en el término de 2 días, aporte copia magnética del expediente con radicado: 52001-23-33-000-2017- 00319-00, demandante: CON Arquitectos Asociados S.A.S. 5.
El expediente digital queda a disposición de la parte demandada y de los terceros, por el término de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer. 6. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 7. Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co.
Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN