Micelio
05001233100020060317001Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2014-02-10

Radicación interna: 50015 · ACCION DE REPARACION DIRECTA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Jose Ovidio Jaramillo Henao·Demandado: Instituto Nacional De Vias Invias, Municipio De Medellin, Departamento De Antioquia

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, siete (7) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Expediente: 05001-23-31-000-2006-03170-01 (50.015) Demandante: JOSÉ OVIDIO JARAMILLO HENAO Demandado: INVIAS Y OTROS ACLARACIÓN DE VOTO Aunque comparto la decisión adoptada por la Sala de Decisión en el proceso de la referencia, por ser la que en derecho corresponde, en el sentido de declarar probada la excepción de caducidad propuesta por la parte demandada respecto de los deslizamientos de tierra y denegar las pretensiones de la demanda en relación con el depósito de escombros por no ser imputable a las entidades accionadas, no comparto el momento a partir del cual se computó la caducidad, esto es, desde la construcción de la obra, por cuanto el daño no se originó en ese hecho sino en los deslizamientos de tierra, momento este otro a partir del cual de todas maneras también operó la caducidad de la acción. FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado Constancia: la aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022.