Radicado: 11001-03-15-000-2022-06539-00 Accionante: Andrés Felipe Montes Anaya Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA-SUBSECCIÓN A MAGISTRADO PONENTE: WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ Bogotá D.C., diecinueve (19) de enero de dos mil veintitrés (2023) I.T: 7 Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-06539-00 Accionante: ANDRÉS FELIPE MONTES ANAYA Accionados: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA, SALA SEXTA DE ORALIDAD, Y OTRO AUTO QUE RECHAZA ASUNTO Se encuentra a despacho el expediente de la referencia para resolver sobre la admisión de la presente acción de tutela instaurada por el señor Andrés Felipe Montes Anaya en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Sexta de Oralidad, y del Juzgado Veintiocho Administrativo del Circuito Judicial de Medellín. CONSIDERACIONES Mediante auto del 13 de diciembre de 2022, se inadmitió la presente acción, por lo cual se concedió al accionante un término de tres (3) días, para que, primero, precisara si estaba actuando en nombre propio o como apoderado judicial de las personas que actuaron como demandantes en el proceso de reparación directa, cuya decisión pretendía discutir y, segundo, identificara la causal o causales específicas de procedencia en contra de providencias judiciales en las que consideraba que incurrieron los accionados.
Sin embargo, una vez transcurrido el término legal conferido para ese efecto, el solicitante no subsanó las inconsistencias mencionadas, a pesar de que fue notificado en debida forma a los correos electrónicos aportados por él. Bajo este escenario, se concluye que aquel no cumplió con su deber procesal. En consecuencia, se rechazará la acción de tutela interpuesta por el señor Andrés Felipe Montes Anaya.
En mérito de lo expuesto, se Radicado: 11001-03-15-000-2022-06539-00 Accionante: Andrés Felipe Montes Anaya 2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co RESUELVE Primero: Rechazar la acción de tutela formulada por el señor Andrés Felipe Montes Anaya en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Sexta de Oralidad, y del Juzgado Veintiocho Administrativo del Circuito Judicial de Medellín. Segundo: Notificar por el medio más expedito y eficaz el contenido de esta providencia al accionante.
Tercero: Una vez ejecutoriado el presente auto, archívese el expediente, previo al respectivo registro en el programa SAMAI.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ Firma electrónica