Consejero Ponente: NICOLÁS YEPES CORRALES Radicación: 73001-23-33-000-2023-00399-01 Accionante: Rene Marcel Rojas Lozano Accionados: Dirección Seccional de Administración Judicial de Ibagué y otros Asunto: Acción de tutela – Segunda instancia ACLARACIÓN DE VOTO Con mi acostumbrado respeto por la Sala, manifiesto que, si bien compartí la decisión adoptada por la mayoría, aclaro mi voto indicando que, en la parte resolutiva de la sentencia de segunda instancia se debió confirmar el numeral primero del fallo del 21 de noviembre de 2023, que amparó el derecho fundamental al trabajo, y, luego sí, modificar el numeral segundo de la misma providencia que ordenó a la Juez Coordinadora del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Ibagué conceder las vacaciones a la tutelante.
Lo anterior, al tener en cuenta que la Subsección, en la sentencia de segunda instancia, resolvió en un único numeral “modificar” el fallo proferido el 21 de noviembre de 2023 y, en su lugar, “ordenar” a la Juez Coordinadora del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Ibagué que concediera a Rene Marcel Rojas Lozano las vacaciones solicitadas, sin confirmar el amparo del derecho fundamental vulnerado.
En este sentido dejo presentada mi aclaración de voto. Fecha ut supra JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado DACJ