1 Radicado: 08001 23 33 000 2019 00133 01 Demandante: Electricaribe S.A. E.S.P. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Bogotá, D.C, dos (2) de julio de dos mil veintiséis (2026) Radicación núm.: 08001 23 33 000 2019 00133 01 Demandante: Electricaribe S.A. E.S.P. Demandados: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios En virtud de lo dispuesto en el numeral 5º del artículo 247 de la Ley 1437 de 2011, el cual fue modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, se PRESCINDE del traslado para alegar de conclusión y se ORDENA a la Secretaría de esta Sección que remita el expediente al Despacho para proferir fallo de segunda instancia, como quiera que en el recurso de alzada no fue solicitada ninguna prueba que deba ser decretada.
Notifíquese personalmente al Ministerio Público y por estado a las demás partes e intervinientes. PABLO ANDRÉS CÓRDOBA ACOSTA Consejero de Estado El presente auto fue firmado electrónicamente por el consejero en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad y conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.