CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN C Consejero ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ (E) Bogotá D.C., dieciséis (16) de noviembre de dos mil veintitrés (2023). Radicación número: 11001-03-26-000-2017-00020-00 (58.679) Actor: Nación-Rama Judicial, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial Demandado: Beatriz Elena Jaramillo Muñoz y otros Referencia: Repetición Habiendo ingresado el expediente al Despacho, después de que la Corte Constitucional resolviera el conflicto negativo de competencias entre la Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado y la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia y declarara competente a esta Subsección para conocer de la acción de repetición interpuesta por la Nación-Rama Judicial, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial contra Beatriz Elena Jaramillo Muñoz, Jairo Jiménez Aristizábal y Jorge Octavio Ramírez Ramírez, se dispone:
PRIMERO: AVOCAR conocimiento de la demanda de repetición antes referida.
SEGUNDO: ADVERTIR a los sujetos procesales que deberán comunicar cualquier modificación en la información de los canales de comunicación electrónica a la dirección ces3secr@consejodeestado.gov.co TERCERO: Para efectos de notificaciones, TÉNGASE en cuenta la información registrada en la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación.
NOTIFÍQUESE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ VF Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai.