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68001233300020190018701Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-04-26

Radicación interna: 3259 · ACCIONES POPULARES

Ponente: Hernando Sanchez Sanchez

Actor: Edison Ludwing Avendaño Gomez·Demandado: Municipio De Floridablanca Y Otros

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA CONSEJERO PONENTE: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Bogotá, D.C., dieciocho (18) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Medio de control de protección de derechos e intereses colectivos Núm. único de radicación: 680012333000201900187-01 Actor: Edison Ludwig Avendaño Demandada: Municipio de Floridablanca, Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga – CDMB, Concejo Municipal de Floridablanca, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Fiscalía General de la Nación y Melida Herrera Ortiz Asunto: Resuelve sobre la admisión de un recurso de apelación AUTO INTERLOCUTORIO Este Despacho procede a resolver sobre la admisión de un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el 16 de marzo de 2023 por el Tribunal Administrativo de Santander.

Consideraciones 1. Vistos los artículos: i) 37 de la Ley 472 de 5 de agosto de 19981, sobre recurso de apelación; y ii) 322 de la Ley 1564 de 12 de julio de 20122, en especial, el inciso 2.º del numeral primero, sobre oportunidad y requisitos. 2. Atendiendo a que el recurso interpuesto por la actora, contra la sentencia proferida el 16 de marzo de 2023 por el Tribunal Administrativo de 1 “Por la cual se desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia en relación con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones”. 2 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 2 Núm. Único de radicación: 680012333000201900187-01 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Santander cumple con los requisitos previstos en la ley, este Despacho procederá a su admisión. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida el 16 de marzo de 2023 por el Tribunal Administrativo de Santander.

SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes e intervinientes, por estado, y al Ministerio Público, personalmente.

TERCERO: Cumplido lo anterior y/o vencidos los respectivos términos o traslados, se ordena a la Secretaría General REMITIR el expediente al Despacho para proveer lo que en derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Consejero de Estado