CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN C Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ (E) Bogotá, D.C., dieciocho (18) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-04820-00 Accionante: Conrado de Jesús Berrío Restrepo Accionado: Tribunal Administrativo de Antioquia – Sala Tercera de Oralidad Referencia: Acción de tutela – Admisión El señor Conrado de Jesús Berrio Restrepo, en nombre propio, presentó demanda de tutela contra el Tribunal Administrativo de Antioquia – Sala Tercera de Oralidad, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, mínimo vital, vida en condiciones dignas, seguridad social, mantenimiento del poder adquisitivo de su pensión e igualdad.
Considera que tales prerrogativas fueron vulneradas por la autoridad accionada al proferir la sentencia del 3 de marzo de 2023, en el marco del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho1 que promovió contra la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional – CASUR. Por reunir los requisitos legales, el Despacho: Por reunir los requisitos legales, el Despacho: R E S U E L V E PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: VINCULAR al presente proceso a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional – CASUR, en calidad de tercero interesado.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: REQUERIR al Juzgado Octavo Administrativo Oral del Circuito de Medellín para que remita, en medio magnético, copia del expediente identificado con el número de radicado 05001-33-33-008-2018-00076-01.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión al Tribunal Administrativo de Antioquia – Sala Tercera de Oralidad y a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional – CASUR. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las respectivas direcciones de correo electrónico, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, 1 Identificado con número de radicado: 05001-33-33-008-2018-00076-01.
Radicación: 11001-03-15-000-2023-04820-00 Accionante: Conrado de Jesús Berrío Restrepo Accionado: Tribunal Administrativo de Antioquia – Sala Tercera de Oralidad Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 en el término de dos (2) días, la autoridad accionada rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y el tercero con interés ejerza sus derechos de contradicción y defensa.
SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante por correo electrónico.
SÉPTIMO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE2 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 2 VF