1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA CONSEJERO PONENTE: CARLOS FERNANDO MANTILLA NAVARRO Bogotá D.C., veintidós (22) de junio de dos mil veintiséis (2026) Radicado: 50001-23-33-000-2020-00907-01 Demandante: Municipio de Calamar-Guaviare Demandada: Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y Oriente Amazónico Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho Tema: Nulidad de las Resoluciones núm. 429 del 18 de diciembre de 2019 y núm. 151 del 28 de mayo de 2020, proferidas por la CDA dentro del procedimiento sancionatorio ambiental identificado con el núm. SAN-00009-17 Decisión: Admite recurso de apelación contra sentencia AUTO 1.
Mediante escrito el apoderado de la parte demandada interpuso y sustentó recurso de apelación1 contra la sentencia del 16 de abril de 20262, dictada por el Tribunal Administrativo del Meta. Por ser procedente, se admite el recurso de apelación de acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, que modificó el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). 2.
El 12 de junio de 20263, el proceso ingreso al Despacho mediante acta de reparto. 3. Ahora bien, una vez ejecutoriado el presente auto, dentro de los 10 días siguientes, según lo señalado en el artículo 247.5 ibidem, la Secretaría regresará al Despacho este expediente para fallo, salvo que las partes presenten solicitud probatoria, de conformidad con el artículo 212 del CPACA.
Con fundamento en lo anterior, se RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del 16 de abril de 2026, dictada por el Tribunal Administrativo del Meta.
SEGUNDO: Una vez ejecutoriado el presente auto, dentro de los 10 días siguientes, según lo señalado en el artículo 247.5 ibidem, la Secretaría regresará al despacho este 1 Mediante memorial radicado el 7 de mayo de 2026, el cual obra en el índice 73 del expediente de primera instancia en SAMAI. 2 Notificada mediante mensaje de datos remitido el 21 de abril de 2026, según consta en el índice 72, ibidem. 3 Índice 3 Sistema de Gestión Judicial SAMAI.
Radicado: 50001-23-33-000-2020-00907-01 Demandante: Municipio de Calamar-Guaviare Demandada: Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y Oriente Amazónico 2 expediente para fallo, salvo que las partes presenten solicitud probatoria, de conformidad con el artículo 212 del CPACA.
TERCERO: De conformidad con los artículos 198 y 205 del CPACA, por Secretaría de la Sección, notificar personalmente al Ministerio Público y a las partes de manera electrónica.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS FERNANDO MANTILLA NAVARRO Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.