1 Radicado: 11001-03-15-000-2021-11264-01 Accionante: Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Santa Marta Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá D.C., cuatro (4) de mayo de dos mil veintidós (2022) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2021-11264-01 Demandante: Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Santa Marta Demandado: Tribunal Administrativo del Magdalena Auto- Decreta Prueba de Oficio El señor Manuel José Vives Noguera, en calidad de Director Ejecutivo Seccional de Administración Judicial de Santa Marta, el 28 de junio de 2021, presentó derecho de petición ante la secretaría del Tribunal Administrativo de Magdalena, con el fin de que fueran entregados en forma digitalizada 23 expedientes, los cuales están relacionados en la petición, con el fin de actualizar la base de datos del sistema de información litigiosa del Estado.
Este derecho de petición fue reiterado el 5 de agosto de 2021, sin que obtuviera respuesta alguna. Encontrándose la presente solicitud de amparo para proferir fallo de segunda instancia, encuentra el despacho procedente, antes de emitir una decisión de fondo y con fundamento en el artículo 321 del Decreto 2591 de 1991, decretar una prueba de oficio, debido a la discrepancia presentada entre el derecho de petición presentado por el Director Seccional de Administración de Justicia de Santa Marta y la respuesta emitida el 27 de enero de 2022 por el Secretario del Tribunal Administrativo del Magdalena, por medio de la cual, informó al hoy accionante que el 90% de los 23 expedientes solicitados se encuentran en el despacho de origen.
Cuadro de la información reportada por la Secretaría del Tribunal Administrativo del Magdalena: 1 “(…)El juez, de oficio o a petición de parte, podrá solicitar informes y ordenar la práctica de pruebas” 2 Radicado: 11001-03-15-000-2021-11264-01 Accionante: Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Santa Marta Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 3 Radicado: 11001-03-15-000-2021-11264-01 Accionante: Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Santa Marta Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Ahora, con el escrito de impugnación el accionante aportó, a manera de ejemplo, unas capturas de pantalla tomados del Sistema de Consulta de Procesos Nacional Unificada de la Rama Judicial, en donde advierte que la ubicación física de algunos de los procesos no es la indicada en la respuesta dada por el Tribunal; veamos: Ejemplo nro. 01. 4 Radicado: 11001-03-15-000-2021-11264-01 Accionante: Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Santa Marta Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Ejemplo nro. 02.
Ejemplo nro. 03. Ejemplo nro. 04. Como consecuencia de la disparidad en la información allegada por las partes en la presente acción, se ordenará la práctica de una prueba, 5 Radicado: 11001-03-15-000-2021-11264-01 Accionante: Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Santa Marta Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co conducente a establecer la ubicación física de los expedientes referenciados por el accionante en su petición; para ello por Secretaría, requiérase al Consejo Superior de la Judicatura a través del Centro de Documentación Judicial – CENDOJ, para que rinda un informe dentro del término de tres (3) días siguientes contados a partir de la notificación de esta providencia, sobre la ubicación actual de los 23 expedientes solicitados por el Director Seccional de Santa Marta al Tribunal Administrativo del Magdalena.
En mérito de lo expuesto este Despacho,
RESUELVE
Primero: Por secretaría general de esta Corporación, requiérase al Consejo Superior de la Judicatura, a través del Centro de Documentación Judicial – CENDOJ, para que, en el término de tres (3) días contados a partir de la notificación de esta providencia, informe la ubicación actual de los siguientes expedientes: 470013331004-2008-00081-01, 470013331001-2007-00115-00, 470013331007-2008-00084-01, 470013331002-2007-00044-01, 470013333-007-2013-00095-00, 47001233000-2005-01206-00, 470012333000-2013-00047-00, 470012331000-2008-00304-00, 470012331000-2012-00369-00, 470012331000-2008-00241-00, 470012331000-2002-00128-00, 470012331000-2007-00124-00, 470012331-000-2006-00961-01, 470012331113-2008-00374-00, 470012331-000-2012-00066-00, 470012331000-2009-00284-00, 470012331-000-2003-00024-00, 470012331000-2011-00164-00, 470012331-000-2009-00302-00, 470012331-000-2003-00270-00, 470012331003-2004-00269-00, 470012331-000-2005-00025-01, 470012331-000-2005-00121-00.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (firmado electrónicamente) OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.