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11001031500020230158700Consejo de Estado · Sala especial de decisiónAuto interlocutorio2023-03-28

Radicación interna: 2467 · RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION

Ponente: Cesar Palomino Cortes

Actor: Luis Alberto Echeverria Castillo·Demandado: Providencia Del 24 De Febrero De 2022, Proferida Por El Consejo De Estado Seccion Segunda Subseccion

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN 2 Bogotá D.C., veintiocho (28) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Radicado: 11001-03-15-000-2023-01587-00 Recurrente: LUIS ALBERTO ECHEVERRÍA CASTILLO Asunto: Recurso extraordinario de revisión promovido contra la providencia del 24 de febrero de 2022, proferida por el Consejo de Estado Sección Segunda Subsección B, dentro del expediente de nulidad y restablecimiento del derecho No. 15001-23-33-000-2015-00649-01 (0318-2017).

Tema: Auto de pruebas De conformidad con el artículo 254 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, ténganse como pruebas, con el valor legal que les corresponda, los documentos allegados por las partes al presente proceso extraordinario de revisión. Teniendo en cuenta que el Tribunal Administrativo de Boyacá no ha atendido el requerimiento efectuado por la Secretaría General en cumplimiento del auto admisorio de la demanda del 14 de junio de 2023, se dispone que se oficie nuevamente a dicho Tribunal para que, en un término máximo de treinta (30) días, remita con destino al presente recurso extraordinario de revisión, en calidad de préstamo, el expediente correspondiente al proceso de nulidad y restablecimiento del derecho No. 15001-23-33-000-2015-00649-01 (0318- 2017), instaurado por el señor Luis Alberto Echeverría Castillo contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones.

Reconócese personería al abogado Francisco Fernando Guerrero Bustos como apoderado judicial de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones en los términos y para los efectos del poder conferido y que obra en el índice 16 del aplicativo Samai.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) CÉSAR PALOMINO CORTÉS Magistrado Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.