CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., veintiocho (28) de abril de dos mil veintitrés (2023) Referencia: HABEAS CORPUS Radicación: 11001-03-15-000-2023-02157-00 Accionante: Jimmy Alberto Fory González Accionado: Corte Suprema de Justicia La presente acción de habeas corpus fue remitida al Despacho hoy 28 de abril de 2023, para que fuera decidida en primera instancia, tal como lo indica el acta individual de reparto de la Secretaria General del Consejo de Estado.
Debe señalarse que esta Corporación no es competente para surtir esa instancia, tal como se consideró en la sentencia C-187 de 2006, que realizó la revisión previa de constitucionalidad de la Ley Estatutaria 1095 de 2006, por la cual se reglamenta el artículo 30 de la Constitución Política: 8.2.1.3. Como lo prevé el numeral 1º. del artículo 2º del proyecto, serán competentes para conocer de la petición los órganos que integran la jurisdicción de lo contencioso administrativo, los cuales son mencionados en el literal b) del artículo 11 de la ley 270 de 1996.
Así, una vez entren en funcionamiento los jueces administrativos, podrán conocer en primera instancia de la petición. Los Tribunales Administrativos también conocerán en primera instancia de la petición, de conformidad con lo precedentemente expuesto sobre el particular en esta providencia. 8.2.1.4. El Consejo de Estado, órgano superior de la jurisdicción contencioso administrativa, no podrá conocer en primera instancia de la acción de hábeas corpus, por cuanto el proyecto que se examina prevé en su artículo 7º. el trámite de una eventual impugnación ante “el superior jerárquico correspondiente” y teniendo en cuenta que el Consejo de Estado carece de superior funcional, resulta lógico que la ley no lo habilite para conocer en primera instancia de esta clase de petición. Radicación número: 11001-03-15-000-2023-02157-00 Actor: Jimmy Alberto Fory González Demandado: Corte Suprema de Justicia Conforme a lo anterior, resulta necesario remitir la presente acción de manera urgente al juez competente, cercano al lugar de su interposición, conforme al numeral 1º del artículo 2º de la Ley 1095 de 2006, a la oficina de reparto de habeas corpus de Cali, Valle del Cauca, a fin de que lo reparta entre los despachos que se encuentran en turno. Notifíquese y cúmplase, JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉREZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por el consejero ponente en la plataforma del Consejo de Estado denominada Samai.
En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co