CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veinticinco (25) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-02751-00 Referencia: Acción de tutela Actora: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -UGGP-.
Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL - UGGP-, contra el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE MONTERÍA y la SALA DE DECISIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CÓRDOBA, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y al principio de sostenibilidad financiera, al haber proferido, respectivamente, las providencias de 31 de marzo y 18 de noviembre de 2022, dentro del medio de control 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-02751-00 Actora: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -UGGP-.
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 2017-00778-01. En consecuencia, se dispone: a): Notifíquese al señor Juez Sexto Administrativo Oral del Circuito de Montería y a los magistrados de la Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba.
Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlese y notifíquese al señor JOSÉ MILLER RINCÓN, parte demandante en el proceso que dio origen a la presente acción. Remítasele copia de la solicitud de tutela al señor José Miller Rincón para que si a bien lo tiene rinda informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en derecho, los documentos aportados por la actora con la solicitud de tutela. 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-02751-00 Actora: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -UGGP-.
Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co d): Tiénese al doctor JAVIER ANDRÉS SOSA PÉREZ como apoderado especial de la demandante, de conformidad con el poder y los documentos anexos obrantes en el expediente. e): En cuanto a la solicitud de suspensión provisional de los efectos de las providencias objeto de la presente acción de tutela, advierte el Despacho que en el presente caso la parte actora no allegó prueba alguna que demuestre la existencia de un perjuicio irremediable o un daño inminente que amerite la procedencia de dicha medida cautelar, por tanto no hay lugar a acceder a esta solicitud. f): Ofíciese al Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Montería para que remita, en el término de la distancia, con destino al proceso de la referencia, copia física o digital del expediente identificado con el número único de radicación 2017-00778-01, contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el señor JOSÉ MILLER RINCÓN contra la actora, al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera