CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C CONSEJERO PONENTE: ADRIANA POLIDURA Bogotá D.C., doce (12) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Radicado número: 11001-03-15-000-2024-06942-01 Accionante: José Joaquín Clavijo Farfán Accionado: Tribunal Administrativo del Quindio Referencia: Acción de tutela ACLARACIÓN DE VOTO Aunque comparto la decisión que se tomó en la sentencia de 12 de mayo de 2025 que confirmó la sentencia de 13 de febrero de 2025 de la Sección Primera del Consejo de Estado en declarar improcedente la acción de tutela, aclaro voto.
En mi criterio, el análisis también debió abordar la improcedencia al tratarse de una pretensión económica como es el pago por sanción moratoria. FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE WILLIAM BARRERA MUÑOZ JCC